Interesa tener claro que ha entrado en vigor la obligatoriedad de las notificaciones telemáticas en la Tesorería General de la Seguridad social. Debemos comprobar con nuestros asesores que nos adecuamos a este procedimiento como ya se hizo con Hacienda el año pasado, de lo contrario podemos sufrir graves perjuicios.
Desde principios del presente año, la Dirección General de la Tesorería de la Seguridad Social está aplicando la obligatoriedad de sus notificaciones telemáticas.
Los Sujetos que han de usar este sistema son los obligados a incorporarse al sistema RED. (Empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en los Sistemas Especiales del Régimen General aún pendientes de su incorporación.)
Desde el 1 de enero no hay más notificaciones en papel de los siguientes procedimientos: Reclamaciones de deuda, Providencias de Apremio, Actos en Vía Ejecutiva, Procedimientos de Deducción y Aplazamientos
La comunicación de la obligatoriedad debe ser enviada por correo postal a las Empresas desde el 1 de enero, siendo efectiva un mes después de su recepción.
Presentación explicativa elaborada por la Tesorería General de la Seguridad Social, descarga aquí: TGSS
Domingo Quintero.